El Colegio de Arquitectos de Mendoza (CAMZA) realizó su Asamblea Anual Ordinaria, instancia destinada a la aprobación de balances, presupuestos y orden de temas apuntados a optimizar el ejercicio y control profesional de la arquitectura en Mendoza. El encuentro tuvo lugar en el Auditorio del Colegio Notarial de Mendoza y participaron alrededor de cincuenta profesionales matriculados. Estuvieron presentes, además, las principales autoridades del Colegio: presidente, Leticia Martínez; vicepresidente; Diana Zirulnik; secretario, Gabriel Amato; tesorero, Valentín Diez.
Parte de la presentación estuvo a cargo de la presidente de la entidad, Arq. Leticia Martínez, que describió la jornada destacando la «buena participación, consulta e interés por parte de colegas». Además, indicó que durante «la presente gestión se buscará aumentar la participación de profesionales en esta instancia, porque es la forma de obtener una multiplicidad de visiones, una mayor legitimación en las gestiones y un refuerzo en la participación de arquitectos que pueden alcanzar óptimos proyectos para nuestra profesión».
A continuación, se presenta un detalle de los temas y puntos más destacados.
Temas tratados y resueltos
- Incrementar los valores de Matrícula y Habilitación Anual, cuyos montos se consignan en el Anexo I de la Resolucion A.G.O 1-23 , que a partir del 1º de enero de 2024 reemplaza toda normativa existente.
MATRICULACIÓN: se establece en el 25% del Valor Índice (V.I). El mismo se actualizará trimestralmente.
HABILITACIÓN ANUAL: se establece en el 10% del Valor Índice (V.I). El mismo se actualizará trimestralmente.
- Se aprobó la Resolución A.G.O 2-23 de Inhabilitación por deuda la cual determina los pasos a seguir para reactivar la matricula en el caso de tener deuda de habilitación.
- Se aprobó la Resolucion A.G.O 3-23 de Categorías de Matriculas mediante la cual se detallan las categorías vigentes de matriculas, dejando sin efecto toda normativa anterior. Es importante aclarar en este caso que hay puntos importantes que se modificaron:
– Los profesionales que posean más de treinta (30) años de habilitación profesional para el ejercicio continuo de la actividad, adquieren el estado de VITALICIO, previa justificación de tal condición, quedando exceptuados del pago de la habilitación anual, manteniendo los mismos derechos y obligaciones para con la profesión y el ejercicio de la misma. Los profesionales vitalicios deberán “habilitarse sin costo” para acceder a los beneficios como seguros y otros.
– Matrícula Jubilados (M3): sólo para aquellos profesionales que habiendo obtenido el beneficio jubilatorio, continúen en ejercicio profesional. Los profesionales jubilados deberán “habilitarse sin costo” para ejercer la profesión y acceder a los beneficios como seguros y otros. Los mismos se encuentran alcanzados por las obligaciones determinadas para el ejercicio por la Ley 5350 y Decreto 2233/91, estando exceptuados de participar en los órganos de gobierno y/o administración del CAMZA, tanto como miembros y lo electores del mismo, excepto el Tribunal de Ética y Disciplina, del cual podrán ser miembros. No gozarán del derecho a voto en elecciones ni en asambleas generales ordinarias o extraordinarias.
- Se aprobó la Resolución A.G.O 4-23 mediante la cual se deroga la Res. 4/91 de determinación de honorarios «Arancel Orientativo», y se establece un Honorario Referencial. En la mismas se encuentran los distintos capítulos respecto de cada determinación y un anexo con los coeficientes por tipología de obra.