La presidente del Colegio de Arquitectos de Mendoza (CAMZA), Arq. Leticia Martínez se reunió con el senador Marcelino Iglesias, impulsor y promotor del proyecto de modificación de la Ley 7874 de Arbolado Público en la provincia, con la intención de intercambiar algunos puntos e inquietudes sobre la misma.
En concreto, CAMZA solicitó al legislador, Iglesias, una reunión para intercambiar opiniones y asimismo, escuchar y tener en consideración la postura del Colegio ante el tratamiento del proyecto que sugiere modificaciones en la Ley 7874, de Arbolado Público. En respuesta a la iniciativa, la presidente Martínez, dispuso ante el referente una nota que detalla las consideraciones a tener en cuenta en la presentación del mismo. ¡Podés leer la nota acá!
Dentro de las consideraciones, Martínez, detalla: “Sugerimos que se haga un proceso más orgánico en el tratado de esta problemática que es fundamental en Mendoza con sus condiciones climáticas y silvestres, estamos hablando de un oasis y el arbolado tiene un protagonismo indispensable en el mismo. Creemos que se deben tener en cuenta a todas las partes competentes, realizando la correcta consultoría y logrando un consenso antes de llegar al último eslabón, que es la presentación de un proyecto ante la Legislatura”.
“Tener en cuenta las situaciones particulares de cada municipio y aquellos que puedan, asuman esa responsabilidad con una presentación de informes y quienes no, pongan en conocimiento a la provincia así no queda esa jurisdicción sin control, mantenimiento del arbolado público”, concluye la presidente del CAMZA.
Al respecto el senador expone que el municipio debería asegurar ciertas condiciones:
Conformar equipo de protección, conservación y mantenimiento de arbolado público integrado por ingeniero agrónomo, arquitecto, ingeniero ambiental, entre otras profesiones competentes y necesarias; capacitación en poda, rebaje y erradicación; contar con las maquinarias y herramientas: vehículos especiales, grúas, etc.; hacer relevamientos anuales de cantidad y calidad de cada forestal y además, elaborar un informe anual que deberá presentar para conservar la condición de autoridad de aplicación.
A continuación, compartimos la respuesta completa por parte del senador Iglesias, ante la que el CAMZA manifiesta su acompañamiento al proyecto, teniendo en cuenta estos términos y consideraciones planteadas.
Respuesta de Marcelino Iglesias ante la nota presentada por el CAMZA:
Senador expone las razones que motivan la modificación en cuanto a la operatividad que necesitan los municipios para resolver de forma eficiente tanto los reclamos de los vecinos como necesidades del propio municipio en cuanto a la conservación, mantenimiento y erradicación de forestales en malas condiciones. Se puede observar diferentes tipos de situaciones.
Se plantea que a pesar de que algunos municipios están en condiciones de afrontar y asumir la responsabilidad de ser autoridad de aplicación, incluso, mejor preparados que la actual, no se sabe si están todos en las mismas condiciones. Suponemos que hay algunos municipios que no tienen profesionales (ing. agrónomo) y/o equipos conformados y recursos humanos, ni recursos de equipamiento como para asumir esa tarea de control y gestión y se podría generar más problemas que soluciones para la arboleda de esos departamentos.
Se propone un trabajo minucioso de investigación de cada municipio a fin de relevar las condiciones y evaluar la posibilidad de dividir en grupos de acuerdo a los recursos y posibilidades de estos.
Podrán ser grupo de autoridades de aplicación o autoridades competentes. Cada municipio podrá tomar la decisión de acuerdo a sus posibilidades asumiendo las responsabilidades correspondientes e informar bajo Declaración jurada (DDJJ):
Personal profesional y personal de trabajo en calle tipo de capacitación/conocimientos que tienen; equipamiento, maquinarias, parque vehicular; posibilidades económicas de incorporar el recurso necesario para asumir la responsabilidad de ser autoridad de aplicación y además, la decisión por escrito de ser autoridad competente o autoridad de aplicación.
A 16 años de la Ley 7874, a pesar de contemplar ciertas necesidades a favor de las autoridades competentes en caso de urgencia (Art 47 y Resolución 400), los tiempos de la autoridad de aplicación no son eficientes, en muchos casos provocando accidentes incluso la muerte. Lo más importante es mantener la seguridad para todas las personas y conservar el arbolado. Hay que buscar una solución que contemple todas las necesidades con el objetivo puesto en estos dos puntos.